Estado:
Adjudicada
Adicionalmente a lo establecido en el numeral
5.1 de las Condiciones
generales de participación, los participantes en esta convocatoria deben acreditar el desarrollo de por lo menos un (1) proyecto relacionado con el
objeto de la convocatoria.
En esta convocatoria podrán participar:
Persona
natural:
Colombianos o extranjeros, mayores de 18 años, que residan de manera permanente
en Colombia.
Agrupación: conformada por
colombianos o extranjeros, mayores de 18 años, que residan de manera permanente
en Colombia.
Persona
jurídica:
con domicilio en Colombia.
Derechos y deberes específicos de los ganadores
Una vez notificado vía correo electrónico el
acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el
ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días
hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los
documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las Condiciones
generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Adicionalmente a los derechos y deberes establecidos en las Condiciones
generales de participación, los ganadores tendrán los siguientes derechos y
deberes específicos:
1. DERECHOS ESPECÍFICOS
1.1 DESEMBOLSOS:
Se realizarán dos desembolsos:
1.1.1 Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento
(90%) del valor total del estímulo, para la realización de la residencia, posterior al proceso de notificación de
la resolución que le otorga el estímulo al ganador y cumplimiento de los
requisitos exigidos para tales efectos.
1.1.2 Un segundo y último desembolso correspondiente al diez por ciento (10%) del valor total del estímulo, con la entrega de un (1) informe de las actividades realizadas, en el formato proporcionado por el Idartes.
2. DEBERES
ESPECÍFICOS
2.1 Presentar un (1)
informe final que dé cuenta de la realización del laboratorio , el cual debe
contener soportes fotográficos y el cual debe ser entregado a Plataforma
Bogotá, proyecto de la Línea Estratégica de Arte, Cultura Científica,
Tecnología y Ciudad del IDARTES.
2.2 El ganador deberá
asistir a las reuniones de seguimiento convocadas por el Idartes.
2.3 El ganador deberá
concertar con Plataforma Bogotá las fechas de ejecución de la propuesta,
sujetas a disponibilidad del espacio de Plataforma Bogotá durante la vigencia
de 2019.
2.4 Formular la invitación pública para convocar a la
ciudadanía a participar en el laboratorio ganador, así como elaborar las piezas
gráficas para la difusión de la invitación, aplicando debidamente los logos
correspondientes de conformidad con lo establecido en el Manual de uso e
imagen, proporcionados por el Área de comunicaciones del Idartes.
2.5 El ganador deberá responder de manera oportuna a las
comunicaciones de coordinación emitidas
por Plataforma Bogotá.
2.6 El ganador deberá cumplir con las fechas de entrega
de los materiales, insumos y comunicados solicitados por Plataforma Bogotá.
2.7 Dar
los créditos en las piezas gráficas y comunicaciones escritas, correspondientes
a Plataforma Bogotá, Programa Distrital de Estímulos e IDARTES, de acuerdo a
los lineamientos establecidos por Plataforma Bogotá y el manual de uso de logos
del IDARTES.
2.8 Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio
de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en los numerales 5.11.11 y
5.11.12 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente
información:
NÚMERO DE INTEGRANTES | CAMBIOS ACEPTADOS |
2 | Ninguno |
3 a 5 | 1 |
6 a 8 | 2 |
9 a 11 | 3 |
12 a 14 | 4 |
15 a 17 | 5 |
18 a 20 | 6 |