Estado:
Adjudicada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
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Recibir el estímulo
de acuerdo a los siguientes porcentajes: A. Un primer
desembolso, equivalente al 80% del valor del estímulo, posterior a la notificación del acto administrativo
(dentro de los cinco días hábiles a la
remisión del correo electrónico) término dentro del cual deberá
adjuntar la siguiente documentación:
a. RUT actualizado y legible
del representante de la persona natural, representante legal de la persona
jurídica o representante legal de la agrupación según sea el caso, b. Certificación bancaria a nombre de la persona
natural, representante legal de la persona jurídica o representante legal de la
agrupación según sea el caso en donde
conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en
un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores, c. Garantía constituida a favor de la entidad otorgante del
estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que
ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor
total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo
y cuatro (4) meses más, d. Póliza de
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL por 200 Doscientos (200) SMMLV y por la
vigencia de la ejecución de la propuesta ganadora, teniendo en cuenta que las
propuestas seleccionadas deberán realizarse
en espacios públicos y e. Certificación de afiliación activa
al Sistema General Seguridad Social en Salud. En el caso de las agrupaciones,
se deberá presentar solo la certificación del representante de la agrupación. B. Un segundo y último
desembolso, equivalente al 20% del valor del estímulo previa certificación de cumplimiento expedida por la
entidad otorgante.
NOTA: Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la
programación de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja
–PAC–.
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El Ganador contará con los espacios que asigne
la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la realización de actividades
propias del desarrollo de la beca. (En las horas y fechas que la FUGA
disponga).
Deberes de los ganadores
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Acoger las recomendaciones de carácter técnico
que proponga la FUGA, a través de un comité de seguimiento conformado por un
representante de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y el Director del
proyecto ganador, durante la ejecución de la propuesta.
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Entregar soportes de las actividades realizadas,
mediante un registro audiovisual que incluya el proceso, las intervenciones y testimonios personas de la
comunidad que habite en la localidad.
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En
caso de efectuar alguna modificación por motivos de fuerza mayor, esta debe ser
autorizada por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño mediante acta suscrita por
las partes.
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Hacerse
responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecutó
la propuesta y asumir el costo de las pólizas correspondientes, si se
solicitan.
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Entregar
un informe final que dé cuenta de las actividades realizadas, con los soportes
y registros documentales de la misma (fotografías, videos, planillas de
asistencia, reseñas de prensa, entre otros).
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Solicitar los permisos necesarios para
la realización de la actividad en la zona seleccionada.
- Suscribir la Póliza de cumplimiento a favor de la FUGA, en una compañía de
seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO
por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia
igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más y póliza de RESPONSABILIDAD
CIVIL EXTRACONTRACTUAL por 200 Doscientos (200) SMMLV por la vigencia de la
ejecución de la propuesta ganadora, teniendo en cuenta que las propuestas
seleccionadas deberán realizarse en
espacios públicos.
Nota
1: La Fundación Gilberto Alzate Avendaño no se responsabiliza de la gestión de
los permisos a los que haya lugar. Todos están a cargo del ganador del
estímulo.