Estado:
Adjudicada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
Una vez notificado vía correo electrónico el acto
administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el
ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días
hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los
documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las Condiciones
generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Adicionalmente a los derechos y deberes específicos
establecidos en las Condiciones generales de participación, los ganadores
tendrán los siguientes derechos y deberes específicos:
1. DERECHOS ESPECÍFICOS DE LOS GANADORES
1.1 DESEMBOLSO
Se realizarán dos desembolsos:
1.1.1 Un primer
desembolso equivalente al setenta por ciento (70%)
del valor del estímulo, posterior al proceso de notificación de la resolución
de selección y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el
Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
1.1.2 Un segundo
y último desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo,
previa entrega de un informe final de actividades, un informe de ejecución
financiera, y la pieza audiovisual finalizada de acuerdo con las características técnicas relacionadas en el ANEXO 1. Requerimientos Técnicos.
Los desembolsos se harán previa certificación de
cumplimiento expedida por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes. Dichos
desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación
de pagos que realice la entidad.
Al 100% del valor del estímulo económico se le
aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.
2. DEBERES
ESPECÍFICOS
2.1 Gestionar la cadena legal del
videoarte (derechos de los archivos y materiales audiovisuales, imágenes,
música, archivos sonoros, entre otras obras preexistentes) utilizadas en el
proyecto.
2.2 Entregar
el producto audiovisual finalizado de acuerdo con las especificaciones técnicas
descritas en el ANEXO
1. Requerimientos Técnicos.
2.3 En caso de
ocupar espacio público de la ciudad de Bogotá para la ejecución de la propuesta
en la etapa de producción, tramitar el Permiso Unificado para Filmaciones
Audiovisuales PUFA ante el Programa Comisión Fílmica de Bogotá de la Cinemateca
de Bogotá - Gerencia de Artes Audiovisuales.
2.4 Incluir
según manual de uso, los logos de la Cinemateca de Bogotá – Gerencia de Artes
Audiovisuales, del Planetario de Bogotá, de la Línea Estratégica de Arte,
Cultura Científica y Tecnología en la Ciudad, del Instituto Distrital de las
Artes – Idartes y de la Alcaldía Mayor en todas las piezas de comunicación
relacionadas con el videoarte.
2.5 La pieza
audiovisual debe ser libre de derechos, con el fin de poder ser utilizada por
el IDARTES en las diferentes actividades contempladas en su programación.
2.6 Asistir a
las reuniones programadas por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
2.7 Las piezas
ganadoras serán utilizadas con propósitos de divulgación durante un (1) año
contado a partir de la fecha máxima de ejecución establecida en el cronograma
de esta convocatoria, y se destinarán como material de consulta en los
diferentes equipamientos del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
2.8 Realizar
una actividad de socialización de la experiencia de participación en esta
convocatoria, dirigida al público general, en donde se puedan compartir
experiencias, aprendizajes, desarrollo y/o recomendaciones sobre el proceso.
2.9 Participar
en el Festival Internacional “Domo Lleno”, actividad del Idartes.
2.10 Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio
de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en los numerales 5.11.11 y
5.11.12 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente
información:
NÚMERO DE INTEGRANTES | CAMBIOS ACEPTADOS |
2 | Ninguno |
3 a 5 | 1 |
6 a 8 | 2 |
9 a 11 | 3 |
12 a 14 | 4 |
15 a 17 | 5 |
18 a 20 | 6 |