Programa Distrital de Estímulos

BECA TEATRO FAMILIAR

FUGA
Apoyar la circulación de obras artísticas y culturales dirigidas a público familiar realizadas por artistas profesionales residentes en Bogotá, para ser incluidas en la programación artística y cultural de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
Novedades

Registro en la plataforma web

Para presentar propuestas en cualquiera de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos (PDE) es necesario contar con un usuario en la plataforma web de convocatorias

Condiciones generales de participación

¿Quiénes pueden participar? ¿Qué documentos se deben presentar? ¿Cuál es el procedimiento para la presentación de propuestas? ¿Quién evalúa las propuestas? ¿Cómo es el proceso de selección de los ganadores? ¿Qué deberes y derechos tienen los ganadores?



Estado: Adjudicada

BECA TEATRO FAMILIAR

Información básica
  • Línea estratégica Circulación
  • Área Arte dramático
  • Número de estímulos 4
  • Total de recursos $40.000.000
  • Cronograma
  • Fecha de apertura 08/feb/2019
  • Fecha de cierre 08/mar/2019
  • Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar 14/mar/2019
  • Publicación de resultados de evaluación 17/may/2019
  • Fecha máxima de ejecución 15/dic/2019
  • Objeto

    Apoyar la circulación de propuestas de obras de teatro dirigidas a público familiar con disponibilidad para realizar un total de cinco (5) funciones en los escenarios que designe la FUGA. La obra que se proponga debe haber realizado, por lo menos, seis (06) funciones entre 2017 y 2019.

    Tipo de participante
  • Persona Jurídica
  • Persona Natural
  • Agrupación
  • Perfil específico del participante
    Agrupaciones, personas naturales o personas jurídicas que conformen equipos integrados por colombianos o extranjeros residentes de manera permanente en Bogotá, que contemplen lo siguiente:

    Persona natural:
    Profesional universitario, técnico o tecnológico en las áreas de interés de esta convocatoria y/o artista con una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en los últimos cinco (5) años en el área objeto de la convocatoria.

    Agrupaciones:
    Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2) personas, de las cuales el representante deberá acreditar formación universitaria, técnica o tecnológica en el área de interés de esta convocatoria y/o una trayectoria en la que pueda demostrar el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos artísticos en los últimos cinco (5) años en el área objeto de la convocatoria. 

    Personas jurídicas:
    Las personas jurídicas deberán acreditar mediante certificado de existencia y representación legal, que su objeto social esté relacionado con el desarrollo de proyectos artísticos y deberán acreditar mínimo un (1) año de constitución. Adicionalmente deberá demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos artísticos en los últimos cinco (5) años en el área objeto de la convocatoria. 

    Nota 1:
    La experiencia exigida para las personas naturales, personas jurídicas y agrupaciones deberá estar soportada con la entrega de certificados contractuales o laborales debidamente expedidos, créditos, catálogos, aparición en bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de comunicación.

    Nota 2
    Las agrupaciones deberán enviar una (1) carta firmada por la totalidad de los integrantes en la que confirman su participación en el presente estímulo en el grupo participante e informan sobre quién es el representante del proyecto.

    Quiénes no pueden participar
    No pueden participar los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019 y los ganadores de la edición 2018 de la Beca de Circulación de Artes Escénicas y Musicales
    Documentos técnicos para evaluación
  • PROPUESTA TÉCNICA DILIGENCIADA EN EL FORMATO ANEXO

    Propuesta técnica en formato PDF (Ver Formato 1) completamente diligenciada, cuyo contenido es el siguiente: 

    1. Nombre del proponente y tipo de participante
    2. Título de la propuesta
    3. Sinopsis de la propuesta
    4. Equipo de trabajo
    5. Hoja de vida del proponente (y reseña biográfica de cada integrante)
    6. Trayectoria del espectáculo
    7. Ficha técnica y rider
    8. Video del espectáculo completo (que debe tener mínimo 45 minutos) sin editar.
    9. Estrategia de comunicaciones
    10. Lista detallada del repertorio

     Nota 1: El contenido del formato NO ES SUBSANABLE; es decir, no presentarlo, presentarlo incompleto o presentarlo sin el cumplimiento de las condiciones generales y específicas de la convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

     

    Nota 2: No debe superar cinco (5) MB.

  • Criterios de evaluación
    Ronda 1
    Criterio Puntaje
    Calidad de la propuesta (tratamiento estético, estructura dramática y puesta en escena). 50
    Trayectoria del espectáculo propuesto 25
    Experiencia del participante según lo expuesto en el perfil profesional 25

    Derechos y deberes específicos de los ganadores
    DERECHOS

    Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019”, el ganador tendrá los siguientes derechos:

    1. Recibir el estímulo correspondiente después de realizada la presentación de su obra. 
    2. Gozar de las acciones de divulgación que la FUGA realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuenten para tal efecto.
    3. Ser el titular de los derechos morales y patrimoniales de las obras o propuestas beneficiadas con el estímulo.
    4. El tiempo destinado para montaje de las presentaciones es de 4 horas.

    Nota: Al 100% del valor del Premio se le aplicarán los descuentos de ley que haya lugar.
    Nota 1:
    Los documentos requeridos para la ejecución del estímulo son:
    1. Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño en la que se remiten de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del Estímulo y debe estar suscrita por la persona natural, representante legal de la persona jurídica o represéntate de la agrupación, según corresponda.
    2. RUT actualizado y legible del representante de la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el caso.
    3. RIT actualizado y legible del representante de la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el caso.
    4. Certificación bancaria a nombre de la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el caso en donde conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores.
    5. Garantía constituida a favor de la entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
    6. Certificación de afiliación activa al Sistema General Seguridad Social en Salud de la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el caso.
    DEBERES
    Deberes de los ganadores en materia de derechos de autor:
    Los que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019.

    Deberes específicos de los ganadores:
    Además de los contemplados en las “Condiciones Generales de Participación”, el ganador tendrá los siguientes deberes:
    1. Cumplir con el objeto de la presente convocatoria.
    2. El ganador del concurso facultara a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para comercializar el evento,  espectáculo o actividad a través de la venta de boletería al público. 
    3. Cumplir con las condiciones previstas por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la entrega del estímulo.
    4. Acatar los protocolos de funcionamiento y seguridad de los espacios destinados para la ejecución de la propuesta, adecuar la misma a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgos los requerimientos adicionales.
    5. Retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizado el evento dentro del plazo señalado por la Fundación Gilberto Alzate Avendaño. Vencido este plazo, la FUGA no se hará responsable por los materiales no retirados. En caso de que el (la) ganador(a) no pueda reclamar personalmente los productos, podrá delegar en un tercero la responsabilidad mediante comunicación escrita firmada por el representante legal del grupo.
    6. El Ganador contará con los espacios que asigne la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la realización de la presentación. (En las horas y fechas que la FUGA disponga).
    7. Entregar Rider Técnico de la propuesta en el momento de la notificación como ganador.  Recuerde que cualquier equipo adicional que se necesite para la presentación de la propuesta debe ser suministrado por el participante.
    8. Asistir a la visita técnica programada en la fecha y hora establecida por la FUGA. 
    9. Llevar a cabo la estrategia de comunicación y difusión que se haya expuesto en la propuesta presentada para participar en la convocatoria. 


    Anexos
    Anexo Descripción
    Formatos
    Formato Descripción
    Anexo 1 Formato BECA TEATRO FAMILIAR

    Propuesta técnica en formato Word (Ver Formato 1) que debe ser completamente diligenciado y grabado en PDF para subirlo a la plataforma, cuyo contenido es el siguiente:

    1. Nombre del proponente y tipo de participante
    2. Título de la propuesta
    3. Sinopsis de la propuesta
    4. Equipo de trabajo
    5. Hoja de vida del proponente (y reseña biográfica de cada integrante)
    6. Trayectoria del espectáculo
    7. Ficha técnica y rider
    8. Video del espectáculo completo (que debe tener mínimo 45 minutos) sin editar.
    9. Estrategia de comunicaciones
    10. Lista detallada del repertorio 

    Nota 1: El contenido del formato NO ES SUBSANABLE; es decir, no presentarlo, presentarlo incompleto o presentarlo sin el cumplimiento de las condiciones generales y específicas de la convocatoria, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.

     

    Nota 2: No debe superar cinco (5) MB.


    Resoluciones
    Resolución Descripción
    RESOLUCIÓN 064 DEL 3 DE ABRIL DE 2019 "Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA TEATRO FAMILIAR del Programa Distrital de Estímulos —
    FUGA — 2019 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados" 
    RESOLUCIÓN APERTURA CONVOCATORIAS FUGA 2019 "Por medio del cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2019 de la Fundación Gilberto Alzate Avendaño"
    RESOLUCIÓN No. 093 DEL 17 DE MAYO DE 2019 - GANADORES CONVOCATORIA "BECA TEATRO FAMILIAR" "Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de la convocatoria BECA TEATRO FAMILIAR del Programa Distrital de Estímulos — FUGA — 2019 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores"
    Listados
    Listado Descripción
    Listado de habilitados, rechazados y documentos por subsanar BECA TEATRO FAMILIAR - LISTADO DE CONCURSANTES HABILITADOS, RECHAZADOS Y POR SUBSANAR
    Avisos modificatorios
    Aviso Descripción
    AVISO MODIFICATORIO N° 1 - BECA TEATRO FAMILIAR
    SE MODIFICA EL ACÁPITE "QUIENES NO PUEDEN PARTICIPAR"
    "...QUE UNA VEZ ANALIZADAS LAS CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PARTICIPACIÓN DE LA BECA TEATRO FAMILIAR, SE HACE NECESARIO MODIFICAR EL ACÁPITE "QUIÉNES NO PUEDEN PARTICIPAR" , EN EL SENTIDO DE INCLUIR LO SIGUIENTE: "NO PUEDEN PARTICIPAR LOS GANADORES DE LA EDICIÓN 2018 DE LA BECA DE CIRCULACIÓN DE ESPECTÁCULOS INFANTILES"
    AVISO MODIFICATORIO N° 4 SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE MENORES DE EDAD EN LAS PROPUESTAS PRESENTADAS
    AVISO MODIFICATORIO N° 13 - BECA TEATRO FAMILIAR Mediante el cual se modifica la fecha de publicación de resultados de evaluación