Desarrollar iniciativas que promuevan la cultura festiva en Ciudad Bolívar con participación de las organizaciones artísticas, sociales y comunitarias de contexto que reconozcan las tradiciones y expresiones culturales de la localidad y celebren el primer aniversario del sistema TransMiCable, como un medio de transporte que está aportando a la transformación social, económica y cultural de la localidad. Se busca promover la apropiación y valoración del Sistema, la construcción de comunidad y la cultura ciudadana.
Se adelantarán tres carnavales, uno para cada estación; estación Mirador del Paraíso, estación Juan Pablo II y estación Manitas, que corresponden a cada uno de los estímulos dispuestos. Cada uno de los participantes deberá seleccionar una y sola de las estaciones donde va a realizar la propuesta. Los Carnavales deberán dar continuidad al proceso iniciado con la beca “Carnaval TransMiCable- 2018”. Asimismo, se desarrollarán durante la primera semana del mes de diciembre; los días exactos serán definidos por TRANSMILENIO S.A, la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y los ganadores de los estímulos.
La convocatoria apoyará las propuestas presentadas que promuevan la participación activa de la comunidad en su diseño e implementación, fortalezcan los colectivos culturales de Ciudad Bolívar y fomenten la realización de una fiesta popular local vinculada a TransMiCable, a desarrollarse en espacios públicos abiertos cerca a la estación designada.
La propuesta festiva debe estar acompañada de una estrategia de comunicaciones, difusión y convocatoria de los habitantes de la localidad, para que asistan de manera masiva al carnaval. Esta estrategia debe incluir un jingle, plan de medios, entre otras herramientas de comunicación.
Para profundizar frente a la temática, le sugerimos consultar el contexto en el Anexo 2 Contexto Carnaval TransMiCable.
Nota 1: A partir de la fecha de publicación de la convocatoria la ciudadanía cuenta con tres días calendario para hacer comentarios a la misma. Los comentarios se recibirán en el correo electrónico: convocatorias@scrd.gov.co
Personas jurídicas con experiencia y trayectoria demostrable de mínimo dos (2) años, en la realización de proyectos de transformación cultural, cultura ciudadana, proyectos culturales, festivos y/o artísticos.
En el caso de las agrupaciones todos los integrantes deberán demostrar experiencia y trayectoria de mínimo dos (2) años en la realización de proyectos de transformación cultural, cultura ciudadana, proyectos culturales, festivos y/o artísticos.
Criterio |
Puntaje |
Pertinencia de la iniciativa: se evaluará la importancia de la iniciativa y su contribución al objeto de la convocatoria y a las transformaciones y cambios culturales de Ciudad Bolívar.
|
30 |
Pertenencia:
Persona jurídica: Tener domicilio en Ciudad Bolívar o acreditar trabajo o experiencia de mínimo dos años con la comunidad de Ciudad Bolívar.
Agrupaciones: Los miembros de la agrupación con domicilio en la localidad de Ciudad Bolívar.
Nota:
Persona Jurídica: (0 si no acredita, 5 si acredita)
Agrupación:
0 si ningún integrante acredita
2 si menos del 50% de los integrantes acredita
3 si el 50% o más de los integrantes acredita
5 si el 100% de los integrantes acredita
|
5 |
Trayectoria del participante: se evaluará la trayectoria de la persona jurídica o de los integrantes de la agrupación.
|
15 |
Coherencia temática, metodológica, presupuestal y cronológica: se evaluará la claridad de los objetivos de la iniciativa con relación a las etapas, la metodología, las actividades y el cronograma. También los componentes económico, visual, plástico, musical y dramatúrgico de la propuesta.
|
30 |
Inclusión: Se evaluará la inclusión de diversos colectivos culturales de la localidad de Ciudad Bolívar en el carnaval, así como la participación activa y evidente en la propuesta, de todos los grupos poblacionales: niños, jóvenes, adultos mayores, grupos étnicos, comunidad LGTBI, personas en condición de discapacidad, entre otros.
|
20 |
El puntaje mínimo para la selección será de 70 puntos.
: En caso de presentarse un empate se recomendará la asignación del estímulo al participante que cuente con mayor calificación en el criterio pertinencia.
Para el caso de la persona jurídica, la pertenencia a Ciudad Bolívar se certifica con el domicilio en la localidad a través del certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio.
Para el caso de la agrupación, la pertenencia se certifica por medio del certificado de residencia de los integrantes de la agrupación.
Derechos específicos de los ganadores
Además de los contemplados en las condiciones generales de participación:
Recibir el estímulo de acuerdo a los siguientes porcentajes:
Un primer desembolso, equivalente al ochenta por ciento (80%) del valor del estímulo, una vez notificada la resolución que nombra a los ganadores y previo cumplimiento de los requisitos allí establecidos para dicho efecto. Este desembolso estará a cargo de TRANSMILENIO S.A.
Un segundo y último desembolso, equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del estímulo, previo cumplimiento de la totalidad de los deberes por parte del ganador, y la correspondiente certificación de cumplimiento de la SCRD y TRANSMILENIO S.A. y la difusión de su experiencia en el marco de la Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática – RDCCD. Este desembolso estará a cargo de TRANSMILENIO S.A:
Nota: Los ganadores deberán presentar los siguientes documentos para solicitar los desembolsos del estímulo:
Requisitos para Agrupaciones (representante):
Resolución de ganadores emitida por la SCRD.
Copia legible del documento de identidad.
Certificado legible de afiliación a EPS.
Certificación bancaria legible.
Cuenta de cobro o factura firmada ORIGINAL
RUT actualizado.
Póliza de cumplimiento anexando la prima de pago de la póliza.
Requisitos para Personas Jurídicas:
Resolución de ganadores emitida por la SCRD
Copia legible de la Cédula
Certificado legible de afiliación a EPS- Certificado pago parafiscales
Certificación legible bancaria
Cuenta de cobro o factura firmada ORIGINAL
RUT Actualizado (Considerando las entidades que se encuentren calificadas como contribuyentes del Régimen Tributario Especial, de acuerdo con esto, es importante que las entidades en mención acrediten que efectivamente tienen dicha calificación, para lo cual deben aportar copia del RUT actualizado preferiblemente con fecha de emisión reciente y se solicita a cada entidad una manifestación escrita en la cual se indique que la DIAN ya les ha ratificado la calificación como contribuyentes del Régimen Tributario Especial emitida por el Representante Legal o Revisor Fiscal -Art. 19 E.T., modificado por la Ley 1819 de 2016 y concepto 20258 de 2017)
Certificado de Cámara de Comercio
Póliza de cumplimiento anexando la prima de pago de la póliza
Deberes específicos de los ganadores
Además de los contemplados en las condiciones generales de participación:
Acoger recomendaciones de carácter técnico que proponga la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la Empresa de Transporte del Tercer Milenio S. A – Transmilenio y el Instituto Distrital para las Artes – IDARTES.
Asistir a la sesión de capacitación y formación sobre el Protocolo de prevención, atención y sanción de las violencias contra las mujeres en el espacio y transporte público en Bogotá, liderado por la Secretaría de la Mujer.
Para el caso de los desembolsos, los ganadores deberán acatar las condiciones de pago según el cronograma de tesorería de Transmilenio S.A., el cual será entregado durante la primera reunión general con ganadores.
Acatar los protocolos de funcionamiento y seguridad de los escenarios destinados para la ejecución de la propuesta, adecuar la misma a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales.
Retirar los insumos y elementos utilizados una vez finalizada la ejecución de la propuesta, dentro del plazo señalado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Vencido este plazo, la entidad no se hará responsable por los materiales no retirados.
Los ganadores deben realizar el trámite respectivo con las entidades públicas o privadas administradores del espacio público en el que se desarrollará el carnaval, dando cumplimiento a los requisitos, reglamentación y restricciones indicadas para el desarrollo del mismo cumpliendo con las normas de aglomeración de público, de acuerdo con el Decreto 599 de diciembre de 2013.
Producir y entregar a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y a Transmilenio el material audiovisual del registro de las diferentes actividades implementadas, una vez finalizadas cada una de estas, para ser usado en las diferentes plataformas web de comunicación, incluidas redes sociales, de estas entidades.
Si en la ejecución del proyecto, se desarrollarán actividades en eventos sociales, ferias, exposiciones, instalaciones sociales y deportivas entre otras, el beneficiario deberá constituir una póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual, por el valor correspondiente a doscientos (200) salarios mínimos legales vigentes y por el término de vigencia.
Para la ejecución del proyecto, se deberá diligenciar el Plan de Emergencias y Contingencia del evento y en el que habrá aglomeración del público, el cual deberá diligenciarse en el SUGA- Sistema Único de Gestión para el registro, evaluación y autorización de actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital.
En caso de que la propuesta ganadora se trate de una intervención en espacio público, será obligación del ganador cumplir con la normatividad vigente y gestionar los permisos correspondientes frente a las autoridades competentes, para llevar a cabo su propuesta.
Si su iniciativa considera arte urbano, se debe tener en cuenta que la práctica del grafiti, está reglamentada por los Decretos 075 de 2013 y 529 de 2015, razón por la cual se debe dar cumplimiento a lo allí establecido, por lo que se sugiere que lo proyectos que planteen temáticas sobre este tema, se contacten con la Subdirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.