29/mar/2019 Hasta las 5:00:00 p.m. hora legal colombiana
Fomentar la realización de una investigación de carácter exploratorio, teórico, conceptual e histórico sobre las Artes Plásticas y Visuales en Colombia para ser desarrollada en un periodo de hasta cinco (5) meses durante el año 2019.
1. Persona natural: colombianos, mayores de 18 años, residentes permanentes en Bogotá D.C., con experiencia en la realización de por lo menos un (1) proyecto de investigación histórica, teórica, exploratoria o crítica sobre el campo de las Artes Plásticas y Visuales en Colombia y que no haya sido ganador de este mismo estímulo el año inmediatamente anterior.
2. Agrupación: colombianos o extranjeros residentes en Bogotá D.C., mayores de 18 años. Por lo menos uno de sus integrantes deberá contar con experiencia en la realización de por lo menos un (1) proyecto de investigación histórica, teórica, exploratoria o crítica sobre el campo de las Artes Plásticas y Visuales en Colombia y que no hayan sido ganadores de este mismo estímulo el año inmediatamente anterior.
El participante deberá presentar la propuesta en un (1) solo documento en formato PDF que contenga los siguientes ítems titulados de la misma forma y en el mismo orden que se relacionan a continuación:
Desarrollar en máximo cinco (5) páginas, con interlineado sencillo del ítem A al G.
A. Descripción general del proyecto: sinopsis de máximo 150 palabras.
B. Antecedentes y contextualización.
C. Justificación.
D. Objeto de estudio.
E. Objetivos generales y específicos.
F. Metodología y actividades para el desarrollo de la investigación.
G. Resultado final esperado como producto de la beca (incluye descripción del impacto y proyección social).
En páginas adicionales y en el mismo orden incluya los siguientes ítems:
H. Índice propuesto.
I. Bibliografía.
J. Plan de socialización (charlas, publicaciones, conferencias, entre otros).
K. Cronograma general de hasta cinco (5) meses de duración, que incluya la socialización.
L. Presupuesto general desglosado que incluya actividades de socialización. Nota: Los honorarios para el autor no deben exceder el veinte por ciento (20 %) del valor total de la beca. (Ver anexo: Gastos aceptables y no aceptables).
M. Hoja de vida del participante, con énfasis en formación académica y experiencia en investigación, publicaciones, etc. (máximo tres [3] páginas) con soportes de por lo menos un proyecto de investigación diseñado y finalizado satisfactoriamente.
NOTA: En el caso de agrupación, la hoja de vida debe ser correspondiente a la trayectoria del grupo en el campo específico de las artes plásticas.
El contenido de la propuesta NO es subsanable; es decir, no presentarla, presentarla incompleta o presentarla sin el cumplimiento de las condiciones previstas en esta cartilla, al momento de la inscripción, implica que la propuesta será rechazada.
Cualquier aclaración respecto de los términos de la convocatoria, comuníquese al 3795750 - De lunes a viernes de 8:30 a.m. a 5:00 p.m.
Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las condiciones generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Los ganadores deberán constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia que corresponda a la fecha de socialización y hasta la fecha límite de ejecución de la propuesta, o en su defecto la póliza en mención del espacio en el cual se desarrollarán las actividades de socialización.
1.1 Recibir un primer desembolso correspondiente al ochenta por ciento (80 %) del valor del estímulo, una vez adelantados los trámites y requisitos solicitados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes para la legalización del mismo.
1.2 Recibir un segundo y último desembolso correspondiente al veinte por ciento (20 %) del valor del estímulo, previa entrega de:
1.2.1 El producto final terminado (en los formatos PDF y Word).
1.2.2 Registro fotográfico (en alta y baja resolución), videográfico y o sonoro del proceso, del producto final y la socialización realizados, en el medio o soporte que mejor se ajuste a la naturaleza del proyecto (que incluya fichas técnicas, cabezote y créditos).
1.2.3 Licencias de uso de imagen y consentimientos informados para el total de las piezas visuales, sonoras, y videográficas de todo el material que se produzca
en el marco del proyecto.
1.2.4 Solicitar los permisos y dar los créditos correspondientes, en caso de usar textos, piezas visuales, sonoras, y o videográficas que no sean de la autoría del
ganador del presente estímulo. Así mismo, entregar la(s) licencia(s) de uso firmada(s) por el(los) autor(es).
1.2.5 Una copia del archivo documental producido durante el proceso (documentos, textos, entrevistas, piezas visuales, sonoras, y o videográficas, etc.). Este material hará parte del Centro de Documentación de la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes-Idartes.
1.2.6 Formato de seguimiento poblacional, con los respectivos listados de asistencia para cada actividad como soportes en los formatos entregados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes.
1.3 Contar con el derecho al porcentaje* descrito por ley según la cantidad de ejemplares de la edición total de la publicación que tendrá una extensión máxima de 100 páginas, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes garantizará el proceso editorial, divulgación y distribución de la primera edición de la investigación, que será publicada por la entidad y en versión digital descargable en http://www.galeriasantafe.gov.co/centro-de-documentacion/, para lo cual el ganador deberá ceder los derechos para la divulgación y venta de dicha edición.
* El Instituto Distrital de las Artes – Idartes entregará al ganador el número de ejemplares al que obliga el artículo 124 de la Ley 23 de 1982: “Además de las obligaciones indicadas en esta Ley, el editor (Instituto Distrital de las Artes - Idartes) tendrá las siguientes: [...] Suministrar de forma gratuita al autor o a los causahabientes, 50 ejemplares del texto en la edición corriente si ésta no fuere inferior a 1.000 ejemplares ni superior a 5.000; 80 ejemplares si fuere mayor de 5.000 e inferior a 10.000 y 100 ejemplares si fuere mayor de 10.000. Los ejemplares recibidos por el autor de acuerdo con esta norma quedarán fuera de comercio y no se considerarán ejemplares vendidos […]”
2. DEBERES ESPECÍFICOS
2.1 Autorizar al Instituto Distrital de las Artes-Idartes la circulación de la información para los fines pertinentes que la institución requiera.
2.2 Destinar la totalidad del estímulo a cubrir los gastos relacionados que se puedan presentar para poder ejecutar adecuadamente la propuesta. (ver anexo: Gastos aceptables y no aceptables).
2.3 Escribir la investigación en español, ser inédita en su totalidad, no haber sido publicada en medio digital o impreso, ni haber sido premiada en otros concursos o estar participando en otras convocatorias. Tampoco podrá tener compromisos con instituciones, empresas o editoriales.
2.4 Utilizar Normas APA a lo largo del escrito.
2.5 Cumplir con extensión máxima de cien (100) páginas en tamaño carta, márgenes de 3 cm por cada lado y estar escrito en fuente Arial tamaño 12 puntos, con interlineado doble. Si incluye imágenes, es obligatorio que se señale su ubicación en el texto del archivo Word o PDF con el nombre de la imagen (esta identificación debe corresponder a la información relacionada en el Formato de registro de Imágenes).
2.6 Asumir la responsabilidad sobre los contenidos y opiniones expresadas en los resultados del proceso de investigación desarrollado con el presente estímulo.
2.7 Solicitar los permisos y dar los créditos correspondientes, en caso de usar imágenes que no sean de la autoría del ganador del presente estímulo. Así mismo, entregar la(s) licencia(s) de uso firmada(s) por el(los) autor(es).
2.8 Demostrar, si fuese necesario, la autoría de la obra y la titularidad de sus derechos patrimoniales, de acuerdo con las normas vigentes sobre propiedad intelectual.
2.9 Liderar y ejecutar todo el proceso de implementación de la metodología de investigación y elaboración del texto.
2.10 Entregar a la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes-Idartes, dentro del plazo de ejecución en el cual obtuvo el estímulo, los documentos solicitados para tramitar el último desembolso.