Estado:
Le recomendamos leer las condiciones generales de participación del PDE
BECA EN PRODUCCIÓN CURATORIAL
La
beca en Producción Curatorial busca apoyar un proyecto curatorial, en la fase de producción de exposición o circulación
pública donde se promueve la realización de una exposición en las salas de la
Fundación Gilberto Alzate Avendaño sobre arte colombiano, que desarrolle una
perspectiva, que explore y aporte en la construcción y
fortalecimiento de los campos de la investigación del arte en Colombia.
Información básica
Línea estratégica Circulación
Área Artes plásticas y visuales
Número de estímulos 1
Total de recursos $30.000.000
Cronograma
Fecha de apertura 08/feb/2019
Fecha de cierre 10/jun/2019
Publicación listado de habilitados, rechazados y por subsanar 25/jun/2019
Evaluación técnica de los proyectos (desde) 23/jul/2019
Publicación de resultados de evaluación 23/ago/2019
Fecha máxima de ejecución 30/may/2020
Fecha máxima de ejecución 31/dic/2020 Modificación efectuada gracias a la Resolución Nº 95 del 29 de mayo de 2020
Objeto
El
proyecto debe proponer la exhibición de obras artísticas que se encuentren
relacionadas con un concepto curatorial. Los proyectos curatoriales, deben proponer un guion
que explore el desarrollo de las prácticas artísticas en el ámbito local, de manera que además de
dar a conocer a los artistas y señalar las obras, propongan lecturas
innovadoras y transformadoras, que evidencien posturas pertinentes para la
historia y su relación e importancia con el arte contemporáneo.
La
actividad curatorial es una práctica abierta a múltiples posibilidades
habitualmente asociada a una selección de obras para construir relaciones entre
ellas en un espacio expositivo; también pueden comprenderse como plataformas de
circulación pública que pueda desbordar la figura de la “exposición”. La
identificación de obras puede incluir procesos, producciones y experiencias de
diversa naturaleza que por su misma condición, requieren nuevos tipos de puesta
en escena pública. Tal es el caso de prácticas cuya realización no se traduce
necesariamente en la producción de un objeto o de la idea de “obra”. Esta
concepción ampliada de la curaduría intenta ajustarse a la complejidad y diversidad
del arte contemporáneo.
Nota1:
Solo
se considerarán para evaluación proyectos curatoriales que ya hayan terminado
su proceso investigativo y tengan avances en el desarrollo de su propuesta de
exhibición al momento de ser presentadas.
Nota2:
La
exposición en la Fundación Gilberto Alzate Avendaño se realizará en las fechas
que la Entidad estipule.
Nota3:
Quedarán fuera del concurso todas aquellas propuestas que
presenten contenidos excluyentes u ofensivos con el otro (por ejemplo:
contenidos racistas, clasistas, homofóbicos, etc.)
Nota4:
En caso de requerir prórroga para la ejecución
del Estimulo, el ganador deberá manifestarlo mediante comunicación escrita debidamente
motivada desde el componente técnico, con diez (10) días hábiles de
anticipación a la fecha máxima de ejecución, la cual estará sujeta a viabilidad
por parte de la Subdirección Artística y Cultural de la Fundación Gilberto
Alzate Avendaño, quienes se reservaran el derecho de otorgar la prórroga, so
pena de incurrir en presunto incumplimiento según el estado de ejecución del
proyecto ganador. En caso de ser viable la solicitud de prórroga, se levantará
un acta de ampliación de término de ejecución del estímulo y ello será el
instrumento idóneo para la actualización de la póliza de seguro constituida por
el ganador.
Tipo de participante
Persona Natural
Persona Jurídica
Agrupación
Perfil específico del participante
-
Agrupaciones o personas jurídicas que conformen equipos
integrados por colombianos o extranjeros residentes de manera permanente en
Bogotá, que contemplen lo siguiente:
Agrupaciones:
Las agrupaciones deberán estar conformadas por mínimo dos (2)
personas, máximo (4) personas, de las cuales el coordinador del proyecto deberá
acreditar formación universitaria en áreas afines a las ciencias sociales,
humanas o artes y experiencia en el desarrollo de mínimo tres (3) proyectos de
carácter artístico o museológico.
Personas jurídicas:
Las personas jurídicas deberán acreditar mediante certificado de
existencia y representación legal, que su objeto social esté relacionado con el
desarrollo de proyectos artísticos o museológicos y deberán acreditar mínimo un
(1) año de constitución. Adicionalmente deberá demostrar la realización de
mínimo tres (3) proyectos de carácter artístico o museológico.
-
Personas naturales colombianos o extranjeros residentes de
manera permanente en Bogotá, que contemplen lo siguiente:
Persona natural:
Profesional universitario en áreas afines a las a las ciencias
sociales, humanas o artes y deberá demostrar la realización de mínimo dos (2)
proyectos de carácter artístico o museológico.
Nota1:
La experiencia exigida para las personas naturales, personas
jurídicas y agrupaciones deberá estar soportada con la entrega de certificados
contractuales o laborales debidamente expedidos, créditos museográficos o en
galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en bandera de
publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en medios de
comunicación.
Nota2:
Las agrupaciones deberán enviar una carta firmada por la
totalidad de los integrantes donde confirman su participación en el presente
Estimulo en el grupo participante.
Quiénes no pueden participar
No pueden participar los
que se indiquen en las Condiciones Generales de Participación del Programa
Distrital de Estímulos – PDE 2019.
Documentos técnicos para evaluación
PROPUESTA TÉCNICA DILIGENCIADA EN EL FORMATO ANEXOPropuesta técnica en formato PDF (Ver Anexo 1) completamente
diligenciada, cuyo contenido es el siguiente:
-
Reseña biográfica
-
Portafolio
-
Conceptualización de la propuesta, titulo,
descripción (tema específico) y justificación
-
Antecedentes de la curaduría
-
Postulado curatorial
-
Propuesta museográfica
-
Presupuesto desglosado
-
Cronograma de actividades
-
Estrategia de socialización de los resultados de la
beca
-
Bibliografía
Nota1:
El contenido del formato NO ES SUBSANABLE; es decir, no
presentarlo, presentarlo incompleto o presentarlo sin el cumplimiento de las
condiciones generales y específicas de la convocatoria, al momento de la
inscripción, implica que la propuesta será rechazada.
Nota2:
No debe superar cinco (5) MB.
Criterios de evaluación
Ronda 1
Criterio |
Puntaje |
Pertinencia, solidez formal, conceptual y metodológica de la propuesta. |
30 |
Portafolio // Trayectoria del (los) proponente(s) |
20 |
Factibilidad de la propuesta a partir del presupuesto presentado, el guion curatorial, guion de producción y cronograma. |
20 |
Aporte al campo artístico en términos de posibles dinámicas, relaciones y acciones que pueda suscitar el proyecto. |
15 |
Propuesta museográfica (guion curatorial, texto curatorial y museográfico) |
15 |
Derechos y deberes específicos de los ganadores
-
DERECHOS ESPECIFICOS
DE LOS GANADORES
Además de los contemplados en las “Condiciones
Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019”, el
ganador tendrá los siguientes derechos:
DESEMBOLSOS:
Una vez publicada la resolución de recomendaciones de los
jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño –FUGA-, llevará a cabo los desembolsos así:
-
Primer desembolso
correspondiente al 50% del valor total del estímulo, posterior a la
publicación de la resolución por la cual se designa el ganador, entrega
oportuna de los documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte
del ganador y aprobación de la garantía única.
-
Segundo
desembolso correspondiente al
30% del valor total del
estímulo, a la entrega de un informe de avance del proceso
llevado a cabo donde se incluya el guion curatorial definitivo, texto
curatorial y guion museográfico definitivo para la exposición, así como la
imagen promocional de la exposición, previa aprobación de la Subdirección
Artística y Cultural de la FUGA.
-
Tercer y último
desembolso correspondiente 20% del valor total del estímulo, contra
entrega de un informe final que dé cuenta del montaje final de la exposición,
acompañado con registro fotográfico y/o audiovisual, previa aprobación de la
Subdirección Artística y Cultural de la FUGA.
Nota1:
Los documentos requeridos para la ejecución del estímulo son:
-
Carta dirigida a la Fundación
Gilberto Alzate Avendaño en la que se remiten de los documentos requeridos para
la ejecución del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la
aceptación del Estímulo y debe estar suscrita por la persona natural,
representante legal de la persona jurídica o represéntate de la agrupación,
según corresponda.
-
RUT actualizado y legible del
representante de la persona natural, representante legal de la persona jurídica
o representante de la agrupación según sea el caso.
-
RIT actualizado y legible del
representante de la persona natural, representante legal de la persona jurídica
o representante de la agrupación según sea el caso.
-
Certificación bancaria a nombre de la persona natural,
representante legal de la persona jurídica o representante de la agrupación
según sea el caso en donde conste la sucursal, el número y el tipo de
cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta (30) días
anteriores.
-
Garantía constituida a favor de la
entidad otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente
establecida en Colombia, que ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta
por ciento (30%) del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la
fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Durante la ejecución de
la propuesta el ganador deberá mantener vigente la póliza
-
Certificación de afiliación activa al
Sistema General Seguridad Social en Salud de la persona natural, representante
legal de la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el
caso.
Nota2:
Los desembolsos estarán sujetos a la
disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice la entidad
en el Programa Anual de Caja –PAC.
Nota3:
El Ganador contará con los espacios
que asigne la Fundación Gilberto Alzate Avendaño para la realización de
actividades propias del desarrollo de la Beca. (En las horas y fechas que la
FUGA disponga).
-
DEBERES DE LOS GANADORES EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR
Los que se indiquen en las Condiciones Generales de
Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019.
-
DEBERES ESPECIFICOS DE LOS GANADORES
Además de los contemplados en las “Condiciones
Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019”, el
ganador tendrá los siguientes deberes:
·
Desarrollar una selección de artistas, proyectos u obras, sustentada en
una investigación que explore y de sentido a la producción artística.
·
Desarrollar la producción discursiva pertinente: Realizar el texto
museográfico, curatorial, fichas técnicas de la exposición e imagen promocional,
textos pedagógicos, material de catálogo, plafones informativos de las
exhibiciones, etc., y entregarlos en la
fecha acordada con la Subdirección Artística y Cultural -
FUGA.
·
Entregar un guion de producción, que incluya cronograma, fichas y datos
completos de obras y artistas participantes, Seguros dentro de la FUGA, seguros
de transporte de obras, documentación legal, permisos, render de la exposición,
consecución de muebles, procesos de conservación de las obras, etc.
·
Entregar un primer guion curatorial, dos (2) meses después de publicada
la resolución de ganadores por parte de la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño -FUGA-. que incluya fichas y
datos completos de obras, proyectos y artistas participantes (ubicación y
fichas técnicas de obras y proyectos, resumen de hojas de vida y datos del
artista–datos de contacto: dirección, teléfono, correo electrónico-).
·
Entregar
el postulado, guion curatorial final, seis (6) meses después de publicada la
resolución de ganadores por parte de la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño -FUGA-. que incluya fichas y
datos completos de obras, proyectos y artistas participantes (selección de
obras con su ficha técnica, fotos, propietario y avalúo), según los
lineamientos dados por la FUGA.
·
Ser los custodios de las obras expuestas, de su recepción y posterior
entrega.
·
Presentar dos informes, uno parcial de proceso y otro final tal como se
menciona en el apartado dedicado a definir desembolsos.
·
Participar en una exhibición en las salas de la Fundación Gilberto
Alzate Avendaño –FUGA, antes de la fecha máxima de ejecución de la beca (1 de noviembre
del 2020), o en los espacios que la FUGA disponga.
·
Gestionar
y hacer seguimiento a los préstamos de obras y avalúos.
·
Gestionar,
tramitar y costear los permisos y seguros de las obras expuestas. Ninguna obra
puede ser expuesta sin presentar el seguro pertinente.
·
Costear transporte y demás gastos de producción a los que haya lugar.
·
Diligenciar las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a
que hubiese lugar para reproducción de obras de los artistas y /o grupos
participantes con fines divulgativos, catálogos, y memoria audiovisual.
·
Cotejar embalajes y avalar desembalaje de las obras en el momento de su
transporte e itinerancia (montaje y desmontaje).
·
Coordinar y ser garantes del transporte de las obras hacia y desde la
FUGA.
·
La propuesta ganadora deberá diseñar un catálogo donde se dé cuenta de la
investigación, exposición y aporte a la historia del arte Colombiano y a la
plástica Colombiana. El ganador tendrá derecho al 20% de la edición total, la
cual entregará la Subdirección Artística y Cultural - FUGA una vez
finalizada la impresión y la FUGA
reservara veinte (20) ejemplares del catálogo que harán parte de la biblioteca de la
Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
·
Realizar las gestiones y trámites necesarios para solicitar y contar con
la expedición del ISBN de la publicación/ catálogo.
·
Entregar el texto del catálogo con una extensión mínima de cincuenta
(50) páginas (90.000 caracteres) en Word, a doble espacio,
Times New Roman, antes de la fecha de ejecución máxima señalada en el
cronograma de la convocatoria ( 1 noviembre de 2020 ) para revisión
de la Subdirección Artística y Cultural - FUGA. Posteriormente retornará al
participante con observaciones y para ser completada con las imágenes de la
exposición, corrección de estilo y diseño. La publicación tendrá una extensión
máxima de 100 páginas y se financiarán hasta 50 fotografías digitales.
·
Después de la exposición y antes de ser realizar el 3er desembolso se
debe entregar el machote finalizado del catálogo listo para ser impreso por la
FUGA.
·
Entregar una copia en formato digital del Catálogo. Este material hará
parte del centro de documentación de la Subdirección Artística y Cultural -
FUGA.
·
El /los participante (s) seleccionado (s) realizarán una visita
guiada durante la exhibición.
·
El /los participante (s) seleccionado (s) realizarán un
conversatorio durante la exhibición.
·
Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño -FUGA- durante la ejecución de la propuesta.
·
Los demás que señale la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-.
·
El montaje y desmontaje está a cargo del participante. La
Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- fungirá solo como asesor de procesos de
montaje, en ningún momento será responsable de préstamos, transporte, seguros o
montaje y desmontaje de las obras o de la exposición.
·
Entregar a la Fundación Gilberto
Alzate Avendaño - FUGA dos (2) copias en
DVD (en alta resolución) con el registro - fotográfico, video gráfico y sonoro
– de la exposición.
·
Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño - FUGA los permisos por un año de muestra de la
exposición de manera digital en redes, portal y/o donde la FUGA lo disponga.
-
DEBERES DE LA ENTIDAD QUE OTORGA EL ESTIMULO
Los que se indiquen en las
Condiciones Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos –
PDE 2019.
Anexos
Anexo |
Descripción |
ANEXO EN PRODUCCIÓN CURATORIAL |
Documentos técnicos para
evaluación
Formato PDF con
la propuesta completamente diligenciada.
Nota: No debe superar cinco
(5) MB.
|
|
Resoluciones
Resolución |
Descripción |
Resolución 145 DEL 22 DE JULIO DE 2019 |
"Por medio de la cual se designan los jurados que evaluarán las propuestas de la convocatoria BECA EN PRODUCCIÓN CURA TORIAL del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2019 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados" |
RESOLUCIÓN APERTURA ESTÍMULOS 2019 |
"Por medio del cual se ordena la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2019 de la Fundación Gilberto Álzate Avendaño" |
RESOLUCIÓN N°168 DEL 23 AGOSTO DEL 2019 |
"Por medio de la cual se acoge la recomendación del jurado designado para seleccionar los ganadores de la convocatoria BECA EN PRODUCCIÓN CURA TORIAL del Programa Distrital de Estímulos - FUGA - 2019 y se ordena el desembolso de los estímulos económicos asignados a los ganadores"
|
RESOLUCIÓN No 95 DEL 29 DE MAYO DE 2020 |
“Por medio de la cual se modifica el artículo séptimo de la Resolución 168 del 23 de agosto de 2019" y se modifica la fecha máxima de ejecución de la Convocatoria Beca en Producción Curatorial. |
Avisos modificatorios
Aviso |
Descripción |
MODIFICATORIO Nº 11 |
Modificatorio por el cual cambia el valor del estímulo de Beca en Producción Curatorial. |
MODIFICATORIO Nº 18 |
Modificatorio por el cual se cambia la fecha máxima de ejecución de la Beca en Producción Curatorial. |
MODIFICATORIO Nº 27 |
Modificatorio por el cual se ajusta la fecha de publicación de resultados de evaluación. |