1. DERECHOS ESPECÍFICOS
Además de los derechos contemplados en las condiciones generales de participación, el ganador tendrá derecho a recibir el estímulo correspondiente de la siguiente forma:
1.1. Un único desembolso equivalente al cien por ciento (100%) del valor, posterior al proceso de notificación de la resolución de selección que le otorga el premio al ganador, el cumplimiento de los deberes, requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – Idartes para tales efectos y la realización de la presentación artística en el marco del Festival Rock al parque.
1.2 En caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en los numerales 5.11.11 y 5.11.12 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente información:
No. de integrantes |
No. de Cambios aceptados |
De 3 a 4 |
1 |
De 5 a 7 |
2 |
De 8 a 10 |
3 |
De 11 a 13 |
4 |
De 14 a 16 |
5 |
2. DEBERES ESPECÍFICOS
Además de los deberes contemplados en las condiciones generales de participación, el ganador deberá:
2.1. Asistir a las presentaciones artísticas, reuniones, audiciones, pruebas de sonido, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas, en los horarios y lugares programados por el Instituto Distrital de Artes - Idartes. El incumplimiento de estos horarios implicará que el ganador no podrá ser reprogramado y deberá renunciar al estímulo.
2.2. Realizar y/o participar en las actividades académicas o de divulgación, relacionadas con el estímulo, que sean programadas por la Gerencia de Música del Idartes.
2.3. Asistir a los procesos de Formación y Emprendimiento citados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
2.4. En caso de presentar solicitud de cambio de integrante se debe tener en cuenta que éste solo se podrá realizar por fuerza mayor o caso fortuito por otra persona que vaya desempeñar el mismo rol dentro de la propuesta y que cumpla con las condiciones de participación. El cambio de integrante solo podrá solicitarse una vez, tal como se indica en las condiciones generales de participación, y requerirá la aprobación de la Gerencia de Música.
2.5. No se aceptarán cambios por integrantes que hayan sido inhabilitados dentro del proceso evaluación con otra agrupación.
2.6. Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los espacios donde se ejecuta la propuesta, quienes incumplan con esta norma serán retirado el estímulo.
2.7. En caso de requerirse la participación de músicos invitados para la presentación en el festival, los ganadores deberán solicitar a la Gerencia de Música su aprobación con un mínimo de quince (15) días hábiles antes, de acuerdo con las siguientes condiciones:
2.7.1. Sólo se podrá solicitar la participación de un (1) músico invitado.
2.7.2. El músico invitado distrital deberá cumplir con las mismas condiciones y restricciones estipuladas en los términos de participación de esta convocatoria. Se permitirá la participación de artistas invitados nacionales o extranjeros no residentes en Bogotá.
2.7.3. La participación del invitado no podrá ser mayor a (2) dos temas en el desarrollo de la presentación.