Estado:
Adjudicada
-
Agrupaciones o personas jurídicas que conformen
equipos integrados por colombianos o extranjeros residentes de manera
permanente en Bogotá, que contemplen lo siguiente:
Agrupaciones:
Las agrupaciones interdisciplinarias deberán estar
conformadas por mínimo dos (2) personas, de las cuales el coordinador del
proyecto deberá acreditar formación universitaria en áreas afines a las artes
plásticas y visuales, artistas escénicos, escritores, artistas gráficos,
diseñadores o profesionales de las ciencias sociales y humanas con experiencia en el objeto del
estímulo, que logren introducir una perspectiva creativa, inédita y
experimental a la idea de observar el centro de la ciudad.
Personas jurídica:
Las personas jurídicas deberán acreditar mediante
certificado de existencia y representación legal, que su objeto social esté relacionado
con el desarrollo de proyectos artísticos o audiovisuales, literarios y
escénicos, deberán acreditar mínimo un (1) año de constitución. Adicionalmente
deberá demostrar la realización de mínimo tres (3) proyectos acordes a los
intereses de la convocatoria (creativo, inédito y experimental) que demuestren la experiencia en el objeto del
estímulo.
-
Personas naturales colombianos o extranjeros
residentes de manera permanente en Bogotá, que contemplen lo siguiente:
Persona natural:
Profesional universitario en áreas afines a las artes
plásticas y visuales, artistas escénicos, escritores, artistas gráficos,
diseñadores o profesionales de las ciencias sociales y humanas, con experiencia en el objeto del
estímulo y que presente una propuesta creativa, inédita y experimental .
Nota1:
La experiencia exigida para las personas naturales,
personas jurídicas y agrupaciones deberá estar soportada con la entrega de
certificados contractuales o laborales debidamente expedidos, créditos
museográficos o en galerías de arte, catálogos de exposición, aparición en
bandera de publicaciones, artículos, premios o piezas gráficas publicadas en
medios de comunicación.
Nota2:
Las agrupaciones deberán enviar una carta firmada por
la totalidad de los integrantes donde confirman su participación en el presente
Estimulo en el grupo participante.
Derechos y deberes específicos de los ganadores
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DERECHOS ESPECIFICOS DE LOS GANADORES
Además de los contemplados en las “Condiciones
Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019”, el
ganador tendrá los siguientes derechos:
DESEMBOLSOS:
Una vez publicada la resolución de recomendaciones de
los jurados evaluadores y selección de ganadores, la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño –FUGA-, llevará a cabo los desembolsos así:
- Primer desembolso correspondiente al
50% del valor total del estímulo, posterior a la publicación de la
resolución por la cual se designa el ganador, entrega oportuna de los
documentos requeridos para la ejecución del estímulo por parte del ganador
y aprobación de la garantía única.
- Segundo desembolso correspondiente al 30% del valor
total del estímulo, con la entrega de un primer informe del
proceso llevado a cabo, previa socialización y aprobación del mismo con la
Subdirección Artística y Cultural –FUGA.
- Tercer y último
desembolso correspondiente 20% del valor total del
estímulo, contra entrega de un informe final posterior a la realización de la
exposición en las fechas designadas por la FUGA, así como
el desarrollo de la actividad de socialización pública (taller,
conversatorio, conferencia ), la entrega de un registro video
gráfico y/o fotográfico de las intervenciones en soporte digital, un
informe final de actividades, relación de gastos, soportes de
las mismos, y aprobación por parte de la Subdirección Artística y Cultural
–FUGA.
Nota1:
Los documentos requeridos para la ejecución del
estímulo son:
·
Carta dirigida a la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño en la que se remiten de los documentos requeridos para la ejecución
del estímulo. En la misma se debe manifestar expresamente la aceptación del
Estímulo y debe estar suscrita por la persona natural, representante legal de
la persona jurídica o represéntate de la agrupación, según corresponda.
·
RUT actualizado y legible del representante de
la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante
de la agrupación según sea el caso.
·
RIT actualizado y legible del representante de
la persona natural, representante legal de la persona jurídica o representante
de la agrupación según sea el caso.
·
Certificación bancaria a nombre de
la persona natural, representante legal de la persona jurídica o
representante de la agrupación según sea el caso en donde conste la
sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo
no mayor a treinta (30) días anteriores.
·
Garantía constituida a favor de la entidad
otorgante del estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en
Colombia, que ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%)
del valor total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de
ejecución mismo y cuatro (4) meses más. Durante la ejecución de la propuesta el
ganador deberá mantener vigente la póliza
·
Certificación de afiliación activa al Sistema
General Seguridad Social en Salud de la persona natural, representante legal de
la persona jurídica o representante de la agrupación según sea el caso.
Nota2:
Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de
recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa
Anual de Caja –PAC.
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DEBERES DE LOS GANADORES EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR
Los que se indiquen en las Condiciones Generales de
Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019.
-
DEBERES ESPECIFICOS DE LOS GANADORES
Además de los contemplados en las “Condiciones
Generales de Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019”, el
ganador tendrá los siguientes deberes:
·
Presentar dos informes, uno parcial y uno final,
tal como se indica en el numeral referido a desembolsos.
·
Participar en una
exhibición en los espacios que la
Fundación Gilberto Alzate Avendaño –FUGA proponga.
·
Realizar un (1)
recorrido por los lugares en que se desarrolla la Cartografía urbana dirigido a
diversos públicos con interés en el tema.
·
Acoger las
observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA- durante
la ejecución de la propuesta.
·
Los artistas
ganadores que hayan participado con un libro de artista editable, seriado y
reproducible reservaran por lo menos dos
(2) ejemplar de la edición de libro de artista para ser donados a
diferentes Biblioteca Distrital permitiendo así el acceso a la ciudadanía.
·
Los artistas
ganadores crearan un espacio virtual donde se pueda acceder a la obra, su
proceso de creación y su contexto teórico e histórico, ( puede ser un Blogg, una página, etc.)
·
Atender las
recomendaciones para la estrategia de circulación que realice la Fundación
Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-.
·
Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -
FUGA dos (2) copias en DVD (en alta
resolución) con el registro - fotográfico, video gráfico y sonoro – de la
exposición.
·
Garantizar los equipos, dispositivos y otros
elementos o materiales requeridos para la óptima puesta en exhibición de la
propuesta final.
·
Cumplir con los tiempos establecidos de montaje
/ desmontaje y presentar la propuesta ganadora en las
fechas, horarios y sitios designados por la
Subdirección Artística y Cultural – FUGA.
- Entregar registro
fotográfico o video de las actividades realizadas, exposición y
socialización en formato digital y físico.
·
Entregar a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -
FUGA los permisos por un año de muestra
de la exposición de manera digital en redes, portal y/o donde la FUGA lo
disponga.
- Acoger
las observaciones que realice la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-
durante la ejecución de la propuesta.
- Los
demás que señale la Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-.
-
DEBERES DE LA ENTIDAD QUE OTORGA EL ESTIMULO
Los que se indiquen en las Condiciones Generales de
Participación del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2019.