2.2 Asistir al taller de Sistematización y Memoria Social liderado por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
2.3 Participar de manera activa en los siguientes eventos, acorde al cronograma de ejecución de la beca: Semana de la Cultura Ciudadana, Semana de la Habitabilidad en Calle y Encuentro de Investigaciones Emergentes.
2.4 Entregar información técnica y administrativa solicitada por el IDARTES y la SCRD, según la fase que corresponda.
2.5 Concertar el plan de trabajo con la población participante y entregar el cronograma de la ejecución del proyecto, una semana después de haber sido notificado de la beca con fechas (día, hora, mes y año), a la Gerencia de Artes Plásticas del Instituto Distrital de las Artes Idartes y a la SCRD, según la fase de ejecución que corresponda.
2.6 Acoger recomendaciones de carácter técnico que proponga el Instituto Distrital de las Artes - Idartes y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
2.7 Autorizar al Instituto Distrital de las Artes-Idartes y a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte la circulación de la información para los fines pertinentes que la institución requiera.
2.8 Entregar al Instituto Distrital de las Artes y a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte dentro del plazo de ejecución del concurso, los documentos solicitados para tramitar el último desembolso.
2.9 Asumir la responsabilidad sobre los contenidos y opiniones expresadas en los resultados del proceso desarrollado con el presente estímulo.
2.10 Socializar el proceso y los resultados de la experiencia, acorde a la propuesta de circulación definida en el proyecto.
2.11 Acordar junto al jurado de la convocatoria la ejecución de su propuesta en una fase distinta a la cual inscribió su proyecto, en caso de que no se presenten suficientes en cualquiera de las fases.
2.12 Si la iniciativa considera arte urbano, se debe tener en cuenta que la práctica del grafiti, está reglamentada por Decreto 529 de 2015 por medio de la cual se modificó el Decreto 075 de 2013 y se dictaron otras disposiciones, razón por la cual se debe dar cumplimiento a lo que este establece. Por esto se sugiere que los proyectos que aborden este tema, se contacten con la Subdirección de Arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
2.13 En cualquier caso, todas las actividades desarrolladas en el marco de la iniciativa deben acatar las disposiciones legales vigentes y el Nuevo Código de Policía.
2.14 En caso que la agrupación ganadora requiera cambio de integrante, debe tener en cuenta la información consignada a continuación: