Adicionalmente a lo establecido en el numeral 5.2 de las Condiciones generales de participación, pueden participar artistas individuales, agrupaciones
o colectivos del Programa Crea que lleven más de seis (6) meses acumulados
durante el año 2018 y 2019 como participantes de los procesos de formación del
Programa. Por ejemplo, si el participante estuvo en procesos de formación del Programa por un período de 4 meses en el 2018, y continuó su proceso desde abril de 2019 a la fecha de cierre de la convocatoria, sería elegible para participar. Por otro lado, si hay participantes de colectivos que se hayan vinculado al Programa recientemente, se permitirá la participación de estos nuevos integrantes, con la salvedad que lleven un mínimo acumulado de tres (3) meses en el grupo, y que el número de participantes vinculados antes de los seis meses no supere el 50% de la totalidad de integrantes del grupo.
Para verificar la antigüedad de los participantes en el programa, se tendrá en cuenta el registro de asistencias en el sistema de información SIF, y este deberá sumar un tiempo total 6 meses como requisito mínimo.
Personas naturales: colombiano o extranjero, con edad mínima de 10 años cumplidos al momento de cierre de esta convocatoria, que resida de manera permanente en Bogotá, con un mínimo de seis (6) meses de participación en el Programa Crea.
En caso de que el participante sea menor de edad al momento de presentarse a la convocatoria, la inscripción debe ser realizada por el padre, madre o tutor legal del menor. En cualquier caso, quien se inscriba en nombre del menor deberá asumir la responsabilidad de todas las actuaciones que se deriven de su participación en la convocatoria. El padre o la madre del menor deberá aportar el anexo «Autorización
para la Participación de menores de edad» firmado, fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como su cédula de ciudadanía. Para el caso del tutor, además de los documentos mencionados anteriormente, deberá adjuntar fotocopia de la sentencia que acredita esta calidad.
Los participantes con 18 años de edad cumplidos al momento de la inscripción no están obligados a presentar el anexo «Autorización para la Participación de menores de edad».
Agrupaciones: colectivos de artistas conformados por colombianos o extranjeros, con edad mínima de 10 años ya cumplidos al cierre de esta convocatoria, que residan de manera permanente en Bogotá o hasta un 50% en los municipios de Soacha, Mosquera, Funza, Madrid, Chía, Cajicá, Cota, La Calera, Tenjo, Tabio, Sibaté, Zipaquirá, Facatativá, Bojacá, Gachancipá, Tocancipá y Sopó. Todos los integrantes de la agrupación deben contar con un mínimo de seis (6) meses de participación en el Programa Crea.
NOTA: Si hay participantes de colectivos que se hayan vinculado al Programa en el 2019, se permitirá la participación de estos nuevos integrantes, con la salvedad que lleven un mínimo de tres (3) meses en el grupo, y que el número de participantes vinculados antes de los seis meses no supere el 50% de la totalidad de integrantes del grupo.
Para los casos en los que la participación incluye menores, las agrupaciones deben contar con un representante mayor de edad (puede no ser integrante de la propuesta) que será el único canal de comunicación con el Instituto Distrital de las Artes - Idartes. Se debe adjuntar el anexo «Autorización para la Participación de menores de edad» firmado, en el cual los padres o tutores de los menores, autoricen al representante para presentar y gestionar la propuesta.
NOTA 1: Se reconocerán como representantes del menor de edad, única y exclusivamente a:
• La mamá o el papá del menor, quienes deben adjuntar al anexo «Autorización para la Participación de menores de edad», fotocopia del registro civil y tarjeta de identidad del menor de edad, así como la fotocopia de su cédula de ciudadanía.
• El Tutor o Curador quien debe adjuntar, además de los documentos solicitados a los padres, fotocopia de la sentencia que acredita esta calidad.
NOTA 2: Los estímulos a los ganadores de la convocatoria serán entregados a nombre del adulto inscrito en la propuesta como representante del menor de edad (en el caso de las personas naturales) o como representante de la agrupación, de acuerdo con las condiciones de participación en el P.D.E 2019. Es importante tener en cuenta que toda la documentación requerida, así como los informes que sean solicitados por la entidad, debe presentarse a su nombre.
NOTA 3: Los participantes de la presente convocatoria deberán contar con una carta
de aval de un comité designado en el(las) área(s) artística(s) dentro de la cual se inscribe el proyecto de creación-producción o circulación. Esta carta de aval es requisito para que la propuesta sea considerada en el proceso de selección.