Estado:
Adjudicada
Ahora pueden participar personas jurídicas y/o AGRUPACIONES de carácter
artístico comunitario. NUEVA FECHA DE CIERRE 30 de mayo 2018.
Seleccionar propuestas interdisciplinares en
las áreas de artes plásticas, escénicas y musicales que promuevan la
recuperación de un espacio público o de un bien de uso público ubicado en
barrios de alguna de las localidades de Mártires, La Candelaria y Santa Fe, que
en la actualidad no esté suficientemente protegido o conservado. Se busca
propiciar sentido de pertenencia, resignificación del espacio o del bien así
como su recuperación, generar conciencia ciudadana y sentimiento de arraigo por
el territorio.
Los concursantes deberán escoger
un bien de uso público ubicado en una de las localidades mencionadas, como por
ejemplo una plaza, un sendero peatonal, una fachada, o un muro, etc, que estén
sometidos a comportamientos que atentan contra su conservación e impiden su
protección y que, por lo anterior, presentan deterioro[1].
Una vez seleccionado el bien,
los concursantes deberán desarrollar una propuesta de intervención artística en
la zona que permita llamar la atención de una manera creativa, innovadora y
efectiva sobre los usos inadecuados que se estén llevando a cabo; y busquen
generar conciencia ciudadana al respecto y contribuir con el
mejoramiento de su paisaje.
Al plantear la propuesta, la entidad debe tener en
cuenta la reglamentación urbanística y de patrimonio del distrito en cuanto al
espacio o bien seleccionado, con el fin de resultar ganadores, puedan gestionar
los permisos requeridos. Nota: (En la
deliberación se estudiará la viabilidad de su realización). Número de intervenciones: Una (1).
Persona jurídica de carácter
comunitario tales como: Juntas de Acción Comunal, Casas de Cultura Local, a
manera de ejemplo,
y/o AGRUPACIONES
Las propuestas deben ser presentadas por
organizaciones locales legalmente constituidas (ejemplo: juntas de acción
comunal o casas de cultura) que tengan experiencia en la presentación y
desarrollo de proyectos artísticos y/o culturales.
Dichas organizaciones deben estar ubicadas
en una de las siguientes localidades: La Candelaria, Santa Fe y/o Mártires.
Derechos y deberes específicos de los ganadores
- Derechos:
- Recibir el
estímulo de acuerdo a los siguientes
porcentajes: A. Un
primer desembolso, equivalente al 80% del valor del estímulo, posterior a la notificación del acto
administrativo (dentro de los cinco días
hábiles a la remisión del correo electrónico) término dentro del cual se deberá adjuntar la siguiente documentación: a.
RUT actualizado y legible del representante de la persona natural,
representante legal de la persona jurídica o representante legal de la
agrupación según sea el caso, b. Certificación bancaria a nombre de la persona natural, representante legal de la
persona jurídica donde conste la sucursal, el número
y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en un plazo no mayor a treinta
(30) días anteriores a la aceptación del estímulo c. Garantía constituida a favor de la entidad otorgante del
estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que
ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor
total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo
y cuatro (4) meses más, d. Póliza de RESPONSABILIDAD
CIVIL EXTRACONTRACTUAL por 200 Doscientos (200) SMMLV y por la vigencia de la
ejecución de la propuesta ganadora, teniendo en cuenta que las propuestas
seleccionadas deberán realizarse en espacios
públicos y e. Certificación de afiliación activa al Sistema General Seguridad
Social en Salud del representante legal de la persona jurídica.
B. Un
segundo y último desembolso, equivalente al 20% del valor del estímulo previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad
otorgante.
NOTA: Los
desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación
de pagos que realice la entidad en el Programa Anual de Caja –PAC–.
- Deberes de los ganadores
- Tramitar los permisos ante las autoridades competentes para la
realización de las intervenciones en los espacios seleccionados.
- Entregar un informe final que dé cuenta de las actividades realizadas,
con los soportes y registros documentales de las mismas (fotografías, videos,
planillas de asistencia, reseñas de prensa, entre otros).
- Diligenciar un registro de asistentes en cada presentación realizada.
- Acoger las observaciones de carácter técnico que realice la Fundación
Gilberto Alzate Avendaño durante la ejecución de la propuesta.
- En caso de que, por motivos de fuerza mayor, sea necesario hacer alguna
modificación a la propuesta presentada, dicho cambio debe ser autorizado por la
Fundación Gilberto Alzate Avendaño mediante acta suscrita por las partes.
- Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado en los
espacios donde se haya ejecutado la propuesta y asumir el costo de las pólizas
correspondientes, si se solicitan.
- Suscribir la Póliza de cumplimiento a favor de la FUGA, en una compañía
de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el riesgo de
CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor total del estímulo, con
una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro (4) meses más.
Póliza de RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL por 200 Doscientos (200) SMMLV
y por la vigencia de la ejecución de la propuesta ganadora, teniendo en cuenta
que las propuestas seleccionadas deberán realizarse en espacios públicos.
Nota
1: La Fundación Gilberto
Alzate Avendaño no se responsabiliza de gestionar ni obtener los permisos a los
que haya lugar para el uso de los espacios públicos. En caso de que estos sean
necesarios, la solicitud y consecución de los mismos las debe asumir el ganador
del estímulo.