Estado:
Adjudicada
Apoyar artistas de
corta trayectoria en procesos de formación tendientes a la cualificación de
conocimientos, saberes y experiencias en las áreas de arte dramático, danza y
música con un maestro, tutor, una organización artística o una entidad de
formación artística, con trayectoria y reconocimiento.
Para participar en
esta convocatoria, los aspirantes deberán seleccionar y contar con la
aceptación de un maestro, tutor, una organización artística o una entidad de
formación artística donde considera realizar la pasantía.
El lugar de realización
de la pasantía debe ser necesariamente distinto al lugar donde el
proponente trabaja o desarrolla su actividad artística.
Los
ganadores harán dos (2) muestras de avance del proceso durante el desarrollo de
la pasantía.
Derechos y deberes específicos de los ganadores
a.
Derechos de los ganadores.
-
Recibir el estímulo
de acuerdo a los siguientes porcentajes: A.
Un primer desembolso, equivalente al 50% del valor del
estímulo, posterior a la notificación del acto
administrativo (dentro de los cinco días
hábiles a la remisión del correo electrónico) término dentro del cual deberá
adjuntar la siguiente documentación:
a. RUT actualizado y legible
del representante de la persona natural, representante legal de la persona
jurídica o representante legal de la agrupación según sea el caso, b. Certificación bancaria a nombre de la persona natural,
representante legal de la persona jurídica o representante legal de la
agrupación según sea el caso en donde
conste la sucursal, el número y el tipo de cuenta, y que haya sido expedida en
un plazo no mayor a treinta (30) días anteriores, c. Garantía constituida a favor de la entidad otorgante del
estímulo, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que
ampare el riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor
total del estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo
y cuatro (4) meses más, d.
Certificación de afiliación activa al Sistema General Seguridad Social en
Salud. B. Un segundo y último
desembolso, equivalente al 20% del valor del estímulo previa certificación de cumplimiento expedida por la
entidad otorgante.
NOTA: Los desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de
recursos y a la programación de pagos que realice la entidad en el Programa
Anual de Caja –PAC–.
- El
Ganador contará con los espacios que asigne la Fundación Gilberto Alzate
Avendaño para la realización de actividades propias del desarrollo de la
pasantía. (En las horas y fechas que la FUGA disponga).
b. Deberes
de los ganadores
- Garantizar la asistencia al 95% de la formación.
- Con el estímulo otorgado
deben garantizar los honorarios del maestro, tutor, la organización artística o
entidad de formación artística.
- Entregar un informe final que dé cuenta de las actividades
realizadas, con los soportes y registros documentales de las mismas
(fotografías, videos, etc.).
- Acoger las observaciones que realice la Fundación Gilberto
Alzate Avendaño durante el desarrollo de la formación.
- En caso de que, por motivos de fuerza mayor, el ganador no
pueda seguir asistiendo a la formación, deberá informarlo en primera instancia
a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño y respaldarlo con soportes válidos
(incapacidad médica, etc.). En este caso se cancela la pasantía y el segundo
desembolso no se realizará.
1 Hacerse responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado
en el espacio donde se lleve a cabo la formación y asumir el costo de las
pólizas correspondientes, si se solicitan.
2 Suscribir
la Póliza de cumplimiento a favor de la FUGA, en una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, que ampare el
riesgo de CUMPLIMIENTO por el treinta por ciento (30%) del valor total del
estímulo, con una vigencia igual a la fecha límite de ejecución mismo y cuatro
(4) meses más.