Estado:
Adjudicada
Reconocer y potenciar la labor de agrupaciones,
responsables de la realización de festivales de artes plásticas, cine,
literatura, danza, teatro, música (a excepción de la música académica,
sinfónica y el canto lírico) en las localidades de Bogotá, que generan impacto
social en sus territorios; poniendo a su disposición un proceso de formación y
cualificación de sus capacidades de gestión, así como recursos técnicos,
económicos y en especie para la realización de sus festivales.
Los festivales postulados deben contar con mínimo tres (3) versiones a
la fecha de cierre de esta convocatoria, las cuales se deben haber desarrollado
en los últimos seis (6) años (entre enero de 2012 y diciembre de 2017).
TENGA EN CUENTA QUE ESTA CONVOCATORIA PREVÉ LA REALIZACIÓN DE UNA SUSTENTACIÓN, POR PARTE DE LAS PROPUESTAS QUE RESULTEN PRESELECCIONADAS. POR FAVOR, VERIFIQUE EN LA SECCIÓN DE DOCUMENTOS ANEXOS, POSTERIOR A LA FECHA DE SUBSANACIÓN, EL LISTADO DE PROPUESTAS CITADAS A SUSTENTACIÓN.
Agrupaciones: conformadas por mínimo cuatro (4)
integrantes, que desarrollen festivales de artes plásticas, cine, danza,
teatro, literatura y música en cualquier género (a excepción de la música
académica, sinfónica y el canto lírico).
Las agrupaciones deben cumplir con lo establecido
en las Condiciones generales de
participación y además contar con mínimo dos (2) años de trayectoria en la
realización de festivales y/o actividades culturales.
Los festivales que se postulen deben ser de pequeño formato “Corresponde a los eventos que no generan ninguna afectación en el exterior del evento, con un impacto bajo a las condiciones de salubridad, seguridad y convivencia y con una baja probabilidad de generarse un riesgo en el interior del evento. Por lo tanto, los organizadores deberán contar con los recursos físicos y humanos mínimos que establezca el Plan de emergencias y contingencias tipo para baja complejidad, elaborado por el FOPAE”. (Decreto 599 de diciembre de 2013.), de carácter local, que respondan a dinámicas culturales del territorio y que impacten positivamente a la comunidad.
Derechos y deberes específicos de los ganadores
Una vez notificado el acto administrativo que acoge la decisión del jurado, el ganador deberá tener en cuenta que el acto surte sus efectos y queda en firme a los diez días siguientes de surtida la notificación vía correo electrónico y en consecuencia deberán presentar para el primer desembolso dentro de los cinco días siguientes a este último término, todos los documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las condiciones generales de participación
El ganador deberá
constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes Garantía de
Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios
mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al
periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto deberá aportar la
garantía en mención del lugar donde ejecutará la propuesta.
A. DESEMBOLSO:
Se efectuarán dos
desembolsos, así:
- Un primer desembolso, equivalente al 70% del
valor total de la beca, posterior a la publicación del acta de seleccionados y
previo al cumplimiento en la entrega de la documentación requerida para tal
efecto y, adicionalmente:
·
Cronograma de ejecución de actividades ajustado, de acuerdo con las
indicaciones proporcionadas por el Idartes.
·
Acta de compromiso de asistencia en las fechas que sean acordadas para
el proceso de formación y acompañamiento.
·
Copia de cartas radicadas ante las entidades administradoras del espacio
público en el que se realizará el festival, dando cumplimiento a la
normatividad legal vigente para el uso de espacio público en Bogotá.
·
Piezas comunicativas para revisión de la Oficina Asesora de Comunicaciones,
siguiendo el Manual de logos de la Alcaldía Mayor de Bogotá, con la ubicación
de los logos de Festivales al Barrio y “Bogotá Mejor para Todos”.
- Un segundo y último desembolso, equivalente al 30% del
valor total de la beca, previa entrega del informe final de ejecución en el
formato que el IDARTES determine para tal fin y, adicionalmente:
·
Evidencia fotográfica de la ubicación de pendones con imagen de la
Alcaldía Mayor de Bogotá con los logos revisados y aprobados por la Oficina
Asesora de Comunicaciones, en el marco de cada una de las actividades del
festival.
·
El informe debe contener los respectivos soportes financieros y/o
contables, que sustenten la inversión de los recursos entregados
correspondientes al primer desembolso, conforme a lo acordado con la entidad.
·
Listas de asistencia al proceso
de formación y jornadas de acompañamiento, en los formatos suministrados por el Idartes .
Los desembolsos se realizarán una vez se expida
la aprobación por parte del área misional responsable y en consonancia con la
programación de pagos a cargo del Idartes.
B. DEBERES ESPECÍFICOS
- Informar
por escrito y con la debida anticipación al Idartes, en caso de renunciar al
incentivo otorgado, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la
publicación de los seleccionados como ganadores.
- Asistir puntualmente
al proceso de formación y acompañamiento, así como a las reuniones y demás
actividades que sean acordadas con el Idartes.
- Entregar toda la
documentación que se le solicite para efectos de trámite de desembolso,
divulgación, compilación de memorias, seguimiento y evaluación, entre otros, en
las fechas señaladas por el Idartes.
- Realizar el trámite respectivo con las entidades
públicas o privadas administradoras del espacio público en el que se
desarrollará el festival, dando cumplimiento a los requisitos, reglamentación y
restricciones indicadas para el desarrollo del mismo cumpliendo con las normas
de aglomeración de público, de acuerdo con el Decreto 599 de diciembre de
2013.
- Destinar la totalidad
del incentivo única y exclusivamente para los costos de ejecución de la
propuesta. De ser necesario, el ganador deberá asumir los costos adicionales.
- Participar en las
actividades de seguimiento y evaluación que solicite el Idartes.
- Entregar los informes
solicitados y el material requerido para efectos de registro y divulgación, en
los plazos establecidos por el Idartes.
- Informar
oportunamente al Idartes, en caso de efectuar alguna modificación por motivos
de fuerza mayor. En este caso, debe ser autorizada por la entidad mediante acta
suscrita entre las partes.
- Devolver cualquier
suma de dinero que sea otorgada, junto con sus intereses, en caso de
incumplimiento de la ejecución de la beca en las condiciones establecidas por
el Idartes, o práctica desleal por parte del ganador en relación con los
términos de esta convocatoria.
- Incluir el logo de “Festivales
al Barrio” – “Bogotá Mejor para Todos”
en las piezas de comunicación del festival. El Manual será enviado por el Idartes.
- Contar con el visto
bueno de la Oficina Asesora de Comunicaciones del Idartes, cuando se generen
piezas de comunicación, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación
adelantadas por el ganador en la ejecución de la propuesta, con el fin de dar
un uso adecuado a la imagen institucional del Distrito y de la entidad.
- Ejecutar la propuesta
conforme al cronograma incluido en ella, previa aprobación del Idartes.
- Entregar un informe
final de actividades con registro fotográfico y/o vídeo del proceso de
ejecución, de acuerdo con los parámetros definidos con el Idartes y según el
cronograma y la fecha máxima de ejecución.
- Los demás que señale el Idartes.
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Cualquier aclaración respecto a los términos de la convocatoria, comuníquese al: 3795750 - De Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.