1.1 Un único desembolso del cien por ciento (100%) del estímulo económico posterior al proceso de notificación de la resolución de asignación del estímulo, así como el cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes - Idartes para tal efecto.
1.2 Ser el titular de los derechos patrimoniales de las obras o propuestas beneficiadas con el estímulo.
2.1 El ganador del estímulo, en su calidad de titular de los derechos morales y patrimoniales de la propuesta presentada, autoriza al Instituto Distrital de las Artes – Idartes, o a quien este designe, para que use o reproduzca la obra por cualquier medio, así como para que la distribuya o transforme, únicamente con fines promocionales de divulgación, elaboración y mantenimiento de la memoria colectiva. Dicha autorización se entenderá aceptada con la suscripción del formulario. De ser necesario, el Instituto Distrital de las Artes - Idartes se reserva el derecho de solicitar la suscripción de un documento de licencia de uso.
2.2 Tramitar y obtener las respectivas licencias, autorizaciones o permisos para utilizar obras, interpretaciones, ejecuciones o fonogramas involucrados en la propuesta de las cuales no sea titular de derechos de autor, previo al inicio formal de la ejecución de la propuesta, acreditando esta situación con los respectivos documentos.
2.3 En caso de violación a la normatividad vigente en materia de propiedad intelectual mantener indemne, eximir y liberar de toda responsabilidad al Instituto Distrital de las Artes – IDARTES ante los titulares de los derechos que se puedan ver afectados, respondiendo por todas y cada una de las conductas en las que pueda incurrir y salir al saneamiento frente a cualquier reclamación.
2.4 Acreditar que se cuenta con la debida autorización del titular en caso de la utilización de obras protegidas.
2.5 Suscribir con el Instituto Distrital de las Artes – Idartes los documentos relacionados con las respectivas licencias de uso y/o cesión de derechos a que hubiere lugar, en virtud del estímulo que le sea otorgado.
2.6 Se entiende que la licencia en materia de derecho de autor y conexos a que hace mención el presente ítem “Deberes en relación con los derechos de autor” queda enteramente remunerada por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES a instancias del estímulo económico que le fue otorgado.
2.7 Los demás que consten en la Constitución y las leyes vigentes que regulen la materia.