Estado:
Adjudicada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
Una vez notificado vía correo electrónico el acto
administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el
ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días
hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los
documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las Condiciones
generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Adicionalmente a los derechos y deberes establecidos en las
Condiciones generales de participación, los ganadores tendrán los siguientes
derechos y deberes específicos:
1. DERECHOS ESPECÍFICOS
1.1 DESEMBOLSOS:
1.1.1 Primer
desembolso. Un primer
desembolso por TREINTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($35.000.000) (50%),
posterior al proceso de notificación de la resolución que le otorga la beca al
ganador, previo cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos y a
la aprobación de póliza.
1.1.2 Segundo
desembolso. Un segundo
desembolso por VEINTIÚN MILLONES DE PESOS M/CTE ($21.000000) (30%), posterior a
la entrega del informe de gestión y ejecución, en los formatos proporcionados
por Idartes y que contenga:
● Relación de actividades desarrolladas a la fecha
del proceso de creación, con base al cronograma aprobado del proyecto.
● Registro audiovisual y fotográfico que evidencie
el avance en el proceso de creación.
● Propuesta narrativa de la obra, diseño de
vestuario, escenografía, luces y otros que requiera la propuesta para su
ejecución.
● Relación de ejecución presupuestal que dé cuenta
de la ejecución a la fecha de presentación del informe.
● Plan de trabajo que contenga las actividades de
producción técnica de la obra.
● Informe de avance del plan de difusión y
divulgación.
1.1.3 Tercer y último desembolso. Un tercer y último desembolso de CATORCE
MILLONES DE PESOS M/CTE ($14.000.000) (20%), posterior a la entrega del informe
final de gestión y ejecución, en los formatos proporcionados por Idartes que
contenga:
● Registro consolidado de actividades de acuerdo
con el cronograma aprobado.
● Informe final del plan de difusión y
divulgación.
● Formato de registro poblacional.
● Formato final de relación de gastos, de acuerdo
con el estímulo otorgado con todos sus soportes.
● Sostenibilidad de la obra: descripción de la
gestión realizada para circular en festivales y eventos, nuevos contactos,
socios, patrocinios o coproducciones, que permitan la circulación de la obra en
escenarios diferentes a los exigidos en los términos de esta convocatoria.
● Debilidades y fortalezas del proceso de creación
y circulación.
● Registro audiovisual en formato DVD del montaje
final.
Nota: Los desembolsos se harán previa certificación
de cumplimiento expedida por el Instituto Distrital de las Artes - IDARTES.
Dichos desembolsos estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la
programación de pagos que realice la entidad.
Al 100% del valor del estímulo económico se le aplicará las retenciones tributarias a que haya lugar.
2. DEBERES ESPECÍFICOS
2.1 El valor total del estímulo económico debe
destinarse a asumir exclusivamente los costos de creación y producción de la
obra de acuerdo con el presupuesto aprobado de la propuesta. (Ver anexo gastos
aceptables y no aceptables)
2.2 Los ganadores deberán tener en cuenta el tiempo
de montaje previsto por cada teatro que será de dos (2) días al momento de
realizar el diseño técnico de su espectáculo.
2.3 Los ganadores deberán realizar las funciones en
las fechas concertadas con el Teatro El Parque y el Teatro Estudio Julio Mario
Santo Domingo. Se deberán realizar cuatro (4) funciones en el Teatro El Parque
y dos (2) funciones en el Teatro Estudio Julio Mario Santo Domingo durante los meses de noviembre y diciembre
de 2019.
2.4 Participar en las jornadas de socialización y
retroalimentación del comité de producción que constituyan los teatros para tal
fin.
2.5 Entregar informe de avance de actividades en las
fechas establecidas por la Subdirección de equipamientos Culturales.
2.6 Entrega del informe final de actividades del
proceso de creación que contenga lo mencionado en el numeral Derechos y
deberes específicos de los ganadores, Desembolso, Tercer y último
desembolso.
2.7 Las compañías o agrupaciones ganadoras deberán
hacer mención en cualquier comunicación pública, material impreso, redes sociales, el apoyo recibido
de parte de IDARTES y del teatro Mayor Julio Mario Santo Domingo para la
realización del espectáculo, mención que se hará tanto en las temporadas que
forman parte del programa como en futuras presentaciones fuera de este.
2.8 Las agrupaciones
o personas jurídicas no podrán presentar la misma propuesta, para participar en
la convocatoria de la BECA DE CREACIÓN
TRANSDISCIPLINAR EN ARTES ESCÉNICAS 2019 – 2020 EN MEDIANA Y LARGA TRAYECTORIA del
Programa Distrital de Estímulos 2019 del Instituto Distrital de las Artes
Idartes.
2.9 Asistir puntualmente a las reuniones, pruebas
técnicas, actividades de divulgación que sean acordadas con la Subdirección de
equipamientos Culturales del Instituto Distrital de las Artes - Idartes.
2.10 Asistir a las presentaciones artísticas en los
horarios programados por la Subdirección de Equipamientos Culturales del
Instituto Distrital de las Artes. El incumplimiento de estos horarios implica
que el ganador no podrá ser reprogramado y deberá renunciar al estímulo.
2.11 El ganador no podrá incluir o realizar cambios
de integrantes que hayan sido inhabilitados durante el proceso de evaluación con
otra agrupación y/o beca. En el caso que se requiera realizar el cambio de integrantes, debe tener en cuenta lo establecido en los numerales 5.11.11 y 5.11.12 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente información:
NÚMERO DE INTEGRANTES | CAMBIOS ACEPTADOS |
2 | Ninguno |
3 a 5 | 1 |
6 a 8 | 2 |
9 a 11 | 3 |
12 a 14 | 4 |
15 a 17 | 5 |
18 a 20 | 6 |