Estado:
Adjudicada
Derechos y deberes específicos de los ganadores
Una vez notificado vía correo electrónico el
acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el
ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días
hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los
documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las Condiciones
generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Adicionalmente a los derechos y deberes establecidos en las Condiciones
generales de participación, los ganadores tendrán los siguientes derechos y
deberes específicos:
1. DERECHOS ESPECÍFICOS
1.1 DESEMBOLSOS:
Se realizarán dos desembolsos:
1.1.1 Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento
(90%) del valor del estímulo, para la realización de la residencia, posterior
al proceso de notificación de la resolución que le otorga el estímulo al
ganador y cumplimiento de los requisitos exigidos para tales efectos.
1.1.2 Un segundo y último desembolso correspondiente al diez por
ciento (10%) del valor restante del estímulo, contra entrega de un (1) informe
de las actividades realizadas.
2. DEBERES ESPECÍFICOS
2.1 La totalidad del estímulo se
destinará a cubrir gastos de transporte, durante su estadía en el lugar de la
residencia, materiales, alimentación y demás gastos relacionados que se puedan
presentar para poder ejecutar adecuadamente la propuesta. (ver anexo: Gastos
aceptables y no aceptables).
2.2 Disponer del tiempo para ejecutar la
residencia durante el periodo establecido, de acuerdo con el cronograma
presentado y el cronograma específico de la presente convocatoria.
2.3 Contactar a la Fundación tan pronto sea notificado por el Instituto
Distrital de las Artes – IDARTES como ganador, para adelantar los trámites y
enviar la información que le sea solicitada para dar inicio a la residencia.
2.4 Contar con documentos vigentes necesarios para realizar el viaje a
Nuquí, Chocó.
2.5 Tener un seguro médico con cobertura durante todos los días de la
residencia.
2.6 Le corresponde al ganador coordinar el alojamiento y alimentación de
acuerdo a las condiciones de Base Chocó de la Fundación Más Arte Más Acción.
2.7 Las fechas de residencia deberá acordarse previamente con la Fundación
Más Arte Más Acción y el Idartes.
2.8 Concertar el plan de trabajo con el centro de residencia e informarlo
inmediatamente a IDARTES Línea Estratégica de Arte, Cultura Científica,
Tecnología y Ciudad, junto con los demás acuerdos que se hagan.
2.9 Tener en cuenta las recomendaciones de la guía para residentes de la Fundación
Más Arte Más Acción.
2.10 Detallar en los créditos del proyecto la participación de cada miembro
del equipo y su desarrollo en el marco de la iniciativa o proyecto.
2.11 Registrar las actividades que se efectúen en el desarrollo de la
propuesta (incluso la socialización), ya sea por medio de fotografía, video u
otros soportes que se consideren pertinentes, para ser utilizados en la
consolidación del registro final de actividades.
2.12 Compartir información requerida por la Fundación para propósitos de
comunicación a través de su página web y redes sociales.
2.13 Solicitar a la Fundación la carta de cumplimiento del 100% de las
actividades y el plan de trabajo acordado para el lugar, una vez finalice la
residencia.
2.14 Socializar el proceso y los resultados de la experiencia de la
residencia al llegar a Bogotá. Las fechas y actividades a realizar deberán ser
acordadas con IDARTES Línea Estratégica de Arte, Cultura Científica, Tecnología
y Ciudad y no deben exceder la fecha límite del cronograma particular de la
presente convocatoria.
2.15 Entregar al IDARTES Línea Estratégica de Arte, Cultura Científica,
Tecnología y Ciudad dos (2) copias en DVD (en alta y baja resolución) con el
registro - fotográfico, videográfico o sonoro, o texto del proceso realizado en
el lugar de residencia. Este material
podrá ser usado para una publicación posterior a la finalización de una serie
de residencias.