Una vez notificado vía correo electrónico el acto administrativo por medio del cual se acoge la recomendación del jurado, el ganador deberá tener en cuenta que el mismo queda en firme a los diez (10) días hábiles de haberse realizado la respectiva notificación. Con la entrega de los documentos señalados en el numeral 5.9.1 de las Condiciones generales de participación, el ganador acepta formalmente el estímulo.
Adicional a la documentación solicitada en las Condiciones Generales de Participación, el ganador deberá constituir a favor del Instituto Distrital de las Artes - Idartes Garantía de Responsabilidad Civil Extracontractual por el valor de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMMLV) con una vigencia igual al periodo de ejecución de la propuesta, o en su defecto la póliza en mención del espacio en el cual se desarrollarán las actividades que hacen parte de la ejecución de la propuesta.
Adicionalmente a los derechos y deberes específicos establecidos en las Condiciones generales de participación, los ganadores tendrán los siguientes derechos y deberes específicos:
1. DERECHOS ESPECÍFICOS
1.1 DESEMBOLSOS:
1.1.1 Un primer desembolso equivalente al noventa por ciento (90%) del valor del estímulo económico, posterior a la notificación de la resolución de ganadores y al cumplimiento de los requisitos y trámites solicitados por el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES para tal efecto, adicionalmente, los ganadores deberán entregar el cronograma y el presupuesto ajustado (si aplica) al área designada para el seguimiento de la ejecución de la propuesta.
1.1.2 Un segundo y último desembolso correspondiente al diez por ciento (10%) del valor del estímulo económico, posterior al cumplimiento total de la propuesta y entrega del informe final de actividades, reporte de gastos (en los formatos proporcionados por el Idartes) y registro fotográfico del proceso de ejecución, una vez éste sea aprobado por el Área designada para el seguimiento a la ejecución de la propuesta.
2. DEBERES ESPECÍFICOS
2.1 Los ganadores garantizan que los espacios en los cuales se ejecuta la propuesta cuentan con todos los permisos correspondientes y cumplen con la normatividad vigente, asó como que estará disponible para la ejecución de la propuesta, de acuerdo con el cronograma.
2.2 Acatar los protocolos de funcionamiento y seguridad de los escenarios destinados para la ejecución de la propuesta, adecuar la misma a las condiciones técnicas del lugar, o suplir bajo su cuenta y riesgo los requerimientos adicionales.
2.3 Atender las visitas que requiera el área misional encargada del seguimiento a la ejecución de la propuesta.
2.4 El ganador deberá entregar, junto con el avance de actividades y el informe final, soportes que sustenten la inversión de los recursos entregados. Asistir a la reunión de retroalimentación del proceso de evaluación, definición de acuerdos para la ejecución de las propuestas ganadoras y para la entrega de informes, con la Subdirección de las Artes, para el seguimiento de la propuesta, una vez publicada la resolución de selección.
2.5 Garantizar que la propuesta ganadora en esta convocatoria no guarde relación con proyectos inscritos o ganadores de la convocatoria: Beca programación de artes plásticas en Bogotá - Red Galería Santa Fe. En caso de detectarlo, se iniciarán los trámites correspondientes para retirar el estímulo en cualquier etapa de esta convocatoria.
2.6 El valor del estímulo económico debe destinarse únicamente al desarrollo de las propuestas de programación artística. En ningún caso el recurso podrá financiar compra de equipos, gastos de funcionamiento de la sede, mejoras o adecuaciones de infraestructura (Ver anexo: Gastos Aceptables y no aceptables).
2.7 Si presentó su propuesta como agrupación y en caso de requerir un cambio de integrante, debe tener en cuenta lo establecido en los numerales 5.11.11 y 5.11.12 de las Condiciones generales de participación, así como la siguiente información:
NÚMERO DE INTEGRANTES
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CAMBIOS ACEPTADOS
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2
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Ninguno
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3 a 5
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1
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6 a 8
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2
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9 a 11
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3
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12 a 14
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4
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15 a 17
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5
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18 a 20
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6
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